
se tortura
en chile
COMISION NACIONAL CONTRA LA TORTURA

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se tortura
en chile
COMISION NACIONAL CONTRA LA TORTURA

"En Chile tenemos un Poder Judicial independiente y estamos
orgullosos de él. Si hubiera tortura en Chile, tendría que ser sancionada
por dicho poder. Si alguien es torturado, tiene el derecho de acudir a los
Tribunales para buscar justicia. Si usted desea verificar casos de tortura
en Chile, no los hallará". (Declaraciones del General Augusto Pinochet
a la revista Newsweek).
Pregunta: Según los afectados, esos interrogatorios en los cuarteles
de la CNI incluyen desde golpes de corriente ...
Respuesta: No. La CNI no tortura.
Pregunta: Existen innumerables testimonios, general, de que la
CNI sí tortura.
Respuesta: Son testimonios y denuncias falsas. Apenas la CNI
toma a un detenido aparece un abogado a explotar la situación ... No me
atrevo a prejuzgar pero le aseguro que no hay nadie que, en conciencia,
pueda decir eso.
Pregunta: ¿ Lo está diciendo sinceramente general? .
Respuesta: Sinceramente. Le advierto que yo mando la CN!.
(Declaraciones del General Humberto Gordon, director de la CNI
al diario El Mercurio, 4 de diciembre de 1983).
COMISION NACIONAL CONTRA LA TORTURA

TESTIMONIO ,
NOMB RE: Ignacio Enrique Vidaurrazaga Manríquez, casado, chi-
leno, 29 años, técnico metalúrgico.
DETENIDO: 23 de agosto de 1984 por la CNI.
LA TORTURA: l/Se me desnuda totalmente, y se me amarra por
las extremidades (pies y manos), a la cama de abajo de un camarote
metálico. Me colocan un cintillo y me tiran agua en los genitales y el
estómago (luego me dijeron, ayudaba a la conducción de la electricidad).
Bajo el cintillo y a la altura de las sienes me colocan unas agujas metáli-
cas (como plug de radio), y en el estómago otro par, se me aplican
golpes de corriente en forma intensiva y creciente en su intensidad. Se
me interroga y se me indica levante un dedo para suspender la tortura
esta primera sesión dura entre 20 a 40 minutos.
El día 24, en las primeras horas me revisa un médico (especialmen-
te sistema cardíaco), luego de esta revisión se repite otra sesión de
tortura, esta vez se exploran otros rugares: corazón, ingle, glande, ano
(lo cual me hace defecarme), esto se interrumpe intempestivamente, se
me toma y coloca una frazada sobre m í y se me saca al hombro hacia
un patio, siendo introducido a un vehículo, escucho decir que: "viene
un Ministro" ... se me traslada luego en dirección a un Aeropuerto
donde abordamos una avioneta (esto me lo confirmaron después). Des-
de la salida del local se me cambió la venda, por scotchs pegados sobre
los ojos y gafas oscuras sobre éstos; me dijeron que me "ejecutarían en
un enfrentamiento", durante el viaje, se me dijo que me tirarían al mar,
y para hacerlo real, se hacía descender el aparato.
Por la tarde llego a otro lugar, que después supe era el Centro de
Torturas de la CNI de Av. Santa María 1453 en Santiago. Al llegar me
examinó otro médico.
Luego se me volvió a torturar, esta vez me dicen que se llaman
"Burro" y "Perro" los hechores, duermo mediante Diazepán que me
proporcionan.
Continúa 'el interrogatorio, dando a entender que a mí y resto de
asesinados y detenidos nos segu ían hace meses, indicándome de cada
uno detalles personales.
El día 25, y al escribir unos poemas, (que me quitan) se reinicia la
tortura.

Me sacaban de una celda, con cama de cemento y dos ranuras
cuadradas, una ventanilla con rejilla y otra de ventilación y luz. Además
de una puerta metálica. Esta celda era de color amarillo.
Desde mi llegada a este centro de torturas, se me vistió solamente
n
con un mameluCQ azul con cierre, además de zapatillas del mismo color.
El médico que aqul me examina es otra persona.
!
Las diferencias en cuanto a la tortura, de este lugar con el anterior,
fueron: más duración de la aplicación de electricidad, se centra en el
)
cuello, debajo del ombligo costado izquierdo, pene, glande y orificio de
éste, (esto me provoca un despellejamiento posterior similar al de que-
madura de playa). Se me aplican "Telegramas", golpes eléctricos s610
en sienes y en los "descansos". Recrudecen los insultos y amenazas.
En el lugar anterior (en un momento en que quedo solo) vi el apa-
rato generador de la electricidad, éste era una caja negra con palanca
similar a un equipo de soldadura al arco del cual nacían cables. En
Avenida Santa ,María la camilla era médica y de color café y la máquina
no la vi.
Luego de cada sesión, se me conducla a un baño a ducharme, pues
estaba orinado y con excremento, además que temblaba.
El médico, en tanto, me examinaba y suministraba pastillas.
Entre los métodos extraños, estuvo el tirarme el pelo con los dien-
tes y, en los mismos momentos en que se me aplicaba electricidad,
susurrarme al oído con voz imperiosa que hablara, que estaba chupado,
que esta vez moría, etc. Al ser amarrado fuertemente de las extremida-
des a la camilla, y aplicárseme electricidad, mi cuerpo se retorcía,
sufriendo contracciones; esto me provocó especialmente por detrás del
hombro y (por la espalda), en la unión de brazo y hombro, fuertes dolo-
res musculares, para lo cual me dio el médico pastillas, además de dos
Di azepáñ para dor-mi r.
_
.
,
El 30 en la tarde no se produjo la entrevista; para ese efecto se me
vestía y "normalizaba" adecuadamente.
El 31 se produce la entrevista, durante la mañana. Ah í me percato
de que me encuentro en una construcción bajoel nivel de la calle. Estando
frente al Ministro de la Corte de Apelaciones Correa Bulo y su secretaria
y actuaria, me encontraba rodeado por la espalda por agentes de la CN 1.
El señor Ministro tuvo, que solicitar al jefe del cuartel Que abandonara
la sala, éste y sus agentes pasaron a rodear la oficina por fuera. Quedan-
.,

do el jefe del cuartel en una habitación vecina con la puerta abierta.
Por encontrarme en esa situación y sabiendo que el señor Ministro
se iría luego, quedándome de todas formas en ese centro de torturas,
yo solo. Es en razón de lo anterior que a las preguntas del señor Minis-
tro Correa Bulo, respond í con la versión indicada' por la CN 1. Al señor
Ministro le planteé dos preguntas. La situación o paradero de mi esposa
y en que consistía esa entrevista (para saber si yo segu fa o no ah O.' _
Ese día, por la noche, un agente me cuenta en secreto de los
hechos del 23 de agosto en Concepción, Los Angeles y Valdivia. Deta-
lIándo~~ incluso los seguimientos previos a cada uno; por ejemplo: de
Nelson Herrera, cuando cancelaba el arriendo, la edad de su hija y sus
viajes últimos. De Rogelio Tapia, sus horas de salida, trabajo y condi-
ción de hermano de un médico militar. De Mario Lagos, el estado de
gravidez de su esposa. De Mujica, su traslado de enseres de hogar de
Concepción a Los' Angeles. De Luciano Aedo, su descripción, y activida-
des últimas que había efectuado. También ocurrió esto con otros nom-
bres que no recuerdo y todos los detenidos (comprendidos en mi causa).
El día 10 de septiembre, ' me comunican que me verá un médico
legista. Nuevamente se m~_amenaza; esta vez se me precisa que pueden
recaer venganzas en la persona de mi madre, hijas, esposa detenida, her-
manos, familiares y conocidos.
Para este examen, no soy "normalizado", sino que concurro con el
buzo azul.
Me ve un médico y una auxiliar (ambos vestían delantales blancos).
El médico no emplea ningún instrumento y constata -sin mediar decla-
ración mía- que no efectúo por amenazas recibidas y dado que seguiré
en ese centro de torturas -una contusión en mi espalda- hombro dere-
cho, esto lo certifica.
Luego me revisan dos médicos de la CNI, especialmente en relación
a contusiones. Uno de esos médicos era el mismo de Concepción y en
general, muchos agentes de allá se me repetían en Santiago.
Los días 2 y 3 de septiembre son de recuperación. Debo "ayudar"
a confeccionar un 11 Libreto", que luego será mi declaración extrajudi-
cial ante el Fiscal que me procesa. En esos días sufro una alergia, por
lo cual soy bañado en un líquido blanco; todos esos díaS se me suminis-
tran pastillas para el corazón y para dormir. El 3 se me informa "oficial-
mente" de los asesinatos y detenciones efectuadas el 23 de agosto.

El 4 de septiembre, se me filma, durante 20 a 30 minutos, con pre-
guntas en relación al 11 Libretoll, para darle mayor autenticidad se me
efectúa una pregunta sobre la CNI (¿qué opino de su existencia?), que
debo responder de "verdad" cosa que efectúo.
Durante la tarde de este día se me efectúa un prolijo chequeo
médico. Luego se me presenta el "Libreto", escrito a máquina y con
varias copias, debo firmar cada hoja y estampar mi dígito derecho en
cada una. En Santiago con tinta azulo negra, en Concepción otros
papeles de igual carácter con tinta roja y azul), se me recuerdan las
amenazas. Nuevamente soy vestido y debo estar a la espera de mi trasla- .
do a Concepción, para ese efecto soy sacado de la celda y sentado en un
salón circular (me imagino, pues el baño, la sala de tortura, y otra habi-
tación estaban en sus extremos configurando esa figura), en esas horas
constaté que sobre el piso en que me encontraba con "los agentes que
me "cuidaban", se efectuaban ejercicios de carreras, voces de mando, .
etc., se notaba un fuerte contingente de hombres. Se me había dicho,
debíamos esperar la hora del toque de queda, cuando soy conducido
hacia afuera, se me cambió la venda, por tela adhesiva, teniendo mucho
cuidado ésta no me afectara los ojos, para evitar enrojecimientos, según
me dijeron, además se me colocó gafas. Paralelo a mi salida con un
agente, (yo iba esposado por las muñecas), sal ían varios agentes, corrien-
do al parecer los del ejercicio, y sallan en varios v·eh ículos ... Fui intro-
ducido al mismo veh ículo que me trasladó a mi llegada, creo un
Peugeot con cabina; iba un chofer, una mujer-agente y un agente conmi-
go; detrás había cabina, pues llevaban bolsos y comida, durante el viaje,
que se efectúa con toque de queda y con otros veh ículos delante y
atrás que se comunicaban por radio. Soy advertido de qué me sucederá
si me {wgo. Soy esposado, amarrado en los pies y con tela adhesiva en
los ojos más gafas. El día 5 llego a Concepción por la mañana, al mismo
lugar en que estuve el 23 y 24".
(Textual del relato manuscrito de la víctima).
NOTA: Todos los antecedentes que se contienen en el presente documento constan
en expediente de recurs o de ampa ro NO 5655 , de la Corte de Apelaciones de
Concepci ón.

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NOTA: Es'tos dibujos pertenecen al gnacio Enrique Vidaurrazaga Manr(quez .

1. Zonas de Shock: Sienes
2.
Cuello
3.
Axilas
4.
Estómago y vientre
5.
Tetilla
6.
Pene
7.
Ano
8.
Muslos
9.
Pies
10. Camilla de enfermería
11. Diodos tipo plug (terminales)
12. Dínamo o transformador
13. Mesa
14. Amarras
•

1. Zonas de Shock: Sienes
2.
Cuello
3.
Tetilla
4.
. Pene
5.
Muslos
6.
Ano
7. Colchoneta de espu ma
8. Litera metálica
9. Dínamo y transformador
10. Diodos tipo plug (terminales)
11. Amaras al catre
12. Mesa
13. Zona de shock: pies
. (
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l.

1. Zonas de Shock: Pies
2.
Pene
3.
Tetilla
4.
Cuello
.5.
Axila
6. Agua
7. Tina de baño
8. Diodos tipo plug (terminales)
9. Dínamo o transformador

LO QUE CONSTATO UN MINISTRO
DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
ACTA DE CONSTITUCION DEL TRIBUNAL
Santiago, primero de septiembre de mil novecientos ochenta y
cuatro, en cumplimiento a lo resuelto por la Segunda Sala de esta Corte
con esta misma fecha y siendo las 11 :38 horas se constituyó el Presiden-
te subrogante de la Corte de Apelaciones de Santiago don Luis Correa
Bulo y la secretaria doña Irene Gilabert Fierro, en Avda. Santa María
NO 1453, dependencias de la Central Nacional de Informaciones, CN!.
El Tribunal ingresó al recinto y fue atendido por el detective,
oficial de turno de dicho cuartel, quien expresó que se llamaba Rodrigo
Torrealba Huerta. Se le solicitó en primer término el libro de ingreso de
detenidos después de haber reconocido que el amparado, Ignacio Enri-
que Vidaurrázaga Manríquez se encontraba en ese centro de detención.
Al revisar el libro antes mencionado, se constató por el Tribunal
que en el folio 2 y 3, línea diecisiete aparecía el nombre del amparado
y la circunstancia de haber sido ingresado con fecha 31 oe agosto del
presente año a las 18:30 horas, procedente de Concepción, en virtud del
Decreto del Ministerio del Interior NO 4793 de 31 de agosto de 1984.
En la columna de observaciones se encontraba anotado que el detenido
era miembro del MI R y que no estaba incomunicado.
Se exhibió, asimismo, la ficha el ínica del amparado Vidaurrázaga,
en donde aparecen los datos de la edad -29 años-- y el hecho de habér- .
sele practicado un reconocimiento médico a las 19:35 horas del 31 de
agosto de 1984. Habiéndose dejado constancia que presentaba una
herida superciliar erosión derecha antigua, además que se encontraba en
buenas condiciones físicas.
Acto seguido el Tribunal pidió al oficial de turno que el detenido
fuera tra ído a su presencia a fin de tomarle una declaración.
El detenido llegó a la sala en donde se encontraba el Tribunal en
compañ ía de dos p~rsonas, quienes lo sujetaban de ambos brazos, ya
que demostraba dificultades al caminar, además el detenido manten ía
la cabeza agachada y los ojos semi cerrados.
Después de que el amparado prestó declaración, cuya acta se
adjunta a.la presente, el Presidente le preguntó al Jefe del Cuartel, que
se presentó momentos antes de iniciarse la diligencia, si el detenido

estaba incomunicado a lo que éste respondió que no lo estaba y que
no podía recibir visitas del exterior del Cuartel, salvo el Tribunal. Se
le solicitó también copia del Decreto del Ministerio del Interior, contes-
tando que no lo tenía, ya que se encontraba en el Ministerio. El Jefe del
Cuartel de la CNI, manifestó ser capitán de Ejército y llamarse Patricio
Villagrán Rodríguez.
Al ponerse término a la diligencia por el Tribunal el amparado fue
ayudado a levantarse por una persona que lo retiró de la sala.
El Tribunal se retir6 del recinto pasadas las doce diez horas,
poniéndose término a la diligencia decretada por la Segunda Sala de
Turno de la Corte de Apelaciones de Santiago.
LA SENTENCIA DE LA CORTE MARCIAL
Santiago, veinte de septiembre de mil novecientos ochenta y
cuatro.
Vistos:
Atendido el mérito de los a ntececentes, especialmente aquellos
contenidos en el informe de fs. 8 suscrito por el Sr. Fiscal de la Segunda
Fiscal ía Militar de Concepción, y lo dispuesto en el artículo 306 del
Código de Procedimiento Penal, se declara sin lugar el recurso de
amparo interpuesto a fs. 1 vta. por María Yolanda Manríquez Sepúlveda
en favor de Ignacio Enrique Vidaurrazaga Manríquez.
Archívese, previa comunicación.
Rol NO 1274-84.